Ciudad de México. Después de un intenso debate sobre un tema que dividió al Partido del Trabajo (PT), la Cámara de Diputados aprobó ayer la reforma a la Ley General de Salud, entre cuyos elementos centrales está la prohibición total de los vapeadores y cigarrillos electrónicos –incluidos cualesquiera otros dispositivos que calienten tabaco o vaporicen cualquier sustancia tóxica–, así como su publicidad.
Con esto se abrió la diversificación y nichos de negocio para la delincuencia organizada.
En la discusión se agregó una reserva del bloque mayoritario para precisar que no se castigará a quienes usen o tengan un vapeador, sino únicamente a quienes los vendan con fines de lucro.
Ya en la votación en lo particular, la ley fue aprobada por 292 votos en favor, de Morena, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y un sector reducido del PT.
Mientras, los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional PAN y Movimiento Ciudadano sumaron 132 en contra; a ellos se añadieron 30 sufragios de parlamentarios petistas y uno de Julio Scherer Pareyón, del PVEM.
El asunto hizo evidente la división en el PT, después de la instrucción de su dirigente nacional, Alberto Anaya, de votar en contra; tras una discusión interna, se dejó el voto libre y 10 legisladores –incluido el coordinador, Reginaldo Sandoval– votaron a favor.
Durante la discusión del dictamen, uno de los puntos más controversiales fue la supuesta criminalización de los usuarios de los vapeadores, debido a que en el artículo 282 quáter de la norma se establecían penas de prisión y multas para quienes adquieran dichos productos, lo que abría la puerta a castigar a quienes los consuman o los tengan en posesión.
Con el fin de aclarar este punto, el coordinador de la bancada de Morena en San Lázaro, Ricardo Monreal Ávila, subió a tribuna para presentar una reserva, en conjunto con su correligionario Pedro Zenteno, presidente de la Comisión de Salud, y la petista Margarita García.
“Vamos a modificar el artículo 282 para que no existan efectos sancionadores a los usuarios, porque el verdadero objetivo no es castigar el consumo personal; nuestro objetivo era desmantelar el mercado que produce, distribuye y obtiene ganancias impresionantes, millonarias, en detrimento de la salud de los jóvenes”, puntualizó.
Así, se agregó un párrafo al artículo 282 quáter para especificar que “queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización. Se exceptúa de la prohibición su consumo y posesión”.
En la reserva también se incluyeron adecuaciones al artículo 282 ter, que se refiere a la definición de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, como todo aparato con sistema mecánico, electrónico o de cualquier tecnología que se utilice para calentar, vaporizar y atomizar sustancias tóxicas.
En ese apartado, se agregaron las “sustancias líquidas, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites cerosos u otras formulaciones sintéticas con o sin nicotina, susceptibles de ser inhaladas por las personas consumidoras”, a fin de “cerrar el vacío probable y no dejar una fórmula ambigua”.
